Morelia, Mich., Patricia Torres.– En los poco más de tres años de la administración municipal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (SDUMA) ha dado el visto bueno para que 32 nuevos desarrollos y conjuntos habitacionales se instalen, sobre todo al norponiente y surponiente de esta capital.
De acuerdo con Lino Gasca Aburto, titular de SDUMA "diariamente se presentan nuevos trámites de licencia de uso de suelo para desarrollo de conjuntos habitacionales o fraccionamientos, es el caso de la parte surponiente de la ciudad que se están desarrollando varios conjuntos, que cumpliendo con el código urbano pueden fraccionar estos terrenos para la venta de casas o lotes con servicios y legalmente autorizados".
Los requisitos para la autorización definitiva para un desarrollo urbano o condominio, que exige tanto SDUMA como la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (SUMA) consiste en tres fases. Yolanda Constantino Hernández, directora de Desarrollo Urbano del gobierno estatal explica que la primeramente es solicitar la licencia de uso de suelo.
"El promovente tiene que solicitar la licencia al ayuntamiento, que sea congruente con el Código de Desarrollo Urbano; presentar escrituras registradas e identificación oficial; deberá acreditar su personalidad y estar al corriente de los pagos del impuesto predial; presentar el plano de ubicación del predio, que esté en un lugar habitable sin ser zona de riesgo y con acceso a servicios", se detalló.
Como segundo trámite es presentar el proyecto de lotificación y vialidad para el visto bueno, de allí que deberá tener las medidas adecuadas, contempladas en el Código Urbano, que mencione el ancho de calles y áreas de donación, entre algunos requisitos.
Luego, deberá presentar una solicitud acompañada con estudios de factibilidad de agua potable, drenaje sanitario y pluvial a través del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento; así como la certificación y el plano del deslinde catastral y, en su caso, de la afectación de zona federal, el levantamiento topográfico, plano proyecto del trazo vial del desarrollo, juego de copias de planos con proyecto de vialidad y el estudio del Manifiesto de Impacto Ambiental que emite SUMA.
Todos estos requisitos deberán ser aprobados igualmente por las áreas de desarrollo urbano y naturales, para que se consideren dentro del programa de desarrollo urbano y ordenamiento territorial "si se cumple con la normativa no hay porque tener problemas, aunque estamos viendo que las afectaciones del medio ambiente están sobrepasados, por eso se puntualiza mucho en el cuidado para que los desarrollos se hagan en zonas aptas".
Constantino Hernández aseguró que se requiere que los ayuntamientos regulen toda esta última parte a fin de dar certidumbre a los desarrollos, dado que "muchos no cuentan con un programa de desarrollo urbano del centro de población, crecen de manera anárquica, en desorden y muchas veces en zonas de riesgo, ahorita 67 municipios cuentan con algún programa de desarrollo urbano, ya sea de centro de población o programa municipal, sin embargo 13 no están trabajando".
Sobre los ayuntamientos que incumplen con esta actualización o elaboración de su plan de desarrollo urbano, son Aquila, Carácuaro, Contepec, Charapan, Churintzio, Irimbo, Juárez, Jiménez, Morelos, Penjamillo, Tingambato, Tanhuato y Chucándiro.