Morelia, Mich.– Con el objetivo de reforzar las acciones que permitan el tránsito seguro en los carreteras de jurisdicción federal durante el próximo período vacacional de Semana Santa 2011, la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, a través del Centro SCT Michoacán, da a conocer que se han establecido restricciones de circulación que estarán vigentes de las 00:00 horas del 16 abril a las 24:00 horas del 01 de mayo de 2011 para los permisionarios y usuarios de los servicios de autotransporte federal.
Para las combinaciones vehiculares que transporten productos básicos y energéticos, como son: gasolina, diesel, combustóleo, gas LP, turbosina y amoniaco, podrán transitar sin restricción de horario, siempre y cuando cumplan con las siguientes medidas preventivas de seguridad: contar con freno de emergencia en óptimas condiciones, sistemas de acoplamiento en buen estado (quinta rueda, flecha y muela de acoplamiento, tornillería, mangueras y remaches completos), sistema de luces funcionando en su totalidad, parabrisas y limpiadores en buen estado y funcionando, llantas direccionales y de tracción en óptimas condiciones, masa de los ejes en buen estado sin escurrimientos de aceite, rines sin soldaduras ni grietas, con birlos y tuercas completos, bitácoras de horas de servicio y de inspección ocular diaria de la unidad debidamente llenadas, rombos y carteles que indiquen el material transportado y su clasificación de riesgo.
En el caso del transporte de amoniaco, quedará bajo la estricta responsabilidad del expedidor de la carga y del transportista, quienes deberán incrementar las medidas de seguridad.
Las transportación de materiales y residuos peligrosos distintos a los anteriores, en configuración de tractocamiones doblemente articulados así como de automóviles sin rodar en góndolas, madrinas o nodrizas, podrán transitar únicamente por caminos clasificados como "ET" (eje de transporte) y "A", sin restricción de horario durante el periodo vacacional.
Además de lo anterior, deberán respetar los límites máximos de velocidad a la que podrán transitar los vehículos o configuraciones vehiculares, según el tipo de camino, aún cuando los señalamientos viales indiquen velocidades superiores. Pero se permitirá una tolerancia de 15 km por hora exclusivamente para disponer de mayor seguridad al realizar maniobras de adelantamiento o rebase.
De esta forma, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes exhorta a los permisionarios de autotransporte federal para que tomen las previsiones pertinentes y acaten las restricciones de circulación anteriormente señaladas, contribuyendo así a la prevención de accidentes en los caminos y puentes de jurisdicción federal.