LA COMERCIALIZACIÓN DE TERRENOS IRREGULARES DEBERÍA DE SER DELITO GRAVE EN EL ESTADO

Ávalos Plata anunció que ya tiene lista una iniciativa de reforma al artículo 493 del Código Penal de Michoacán
con el objetivo de que los delitos contra el desarrollo urbano sean incluidos en el listado de delitos graves, lo que impedirá que los
inculpados por estas conductas tengan derecho a la libertad provisional, es decir a la libertad bajo fianza.
Las conductas que atentan contra el orden en el desarrollo urbano y que impulsan asentamientos humanos irregulares no sólo afectan el
patrimonio particular de miles de familias, sino que las condiciona a vivir en condiciones insalubres y a expensas de riesgos naturales que
ponen en peligro sus vidas, advirtió el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Jesús Ávalos Plata.

Como integrante de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, el representante popular por el Distrito XI de Morelia Noreste señaló
que a pesar de la gravedad de los denominados delitos contra el desarrollo urbano, que se tipifican en los artículos 324, 325, 350 y
351 del Código Penal de Michoacán, dichas conductas no son clasificadas como delito grave, lo que impide que se sancione de manera adecuada a quienes se dedican a la venta de terrenos
irregulares.


En este tenor, explicó que en todo el estado hasta el pasado mes de junio se tiene conocimiento de la existencia de aproximadamente 686 asentamientos humanos irregulares en todo el estado de Michoacán, ya que de acuerdo con datos de la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente (SUMA) del Gobierno del Estado existen 143 fraccionamientos con origen diverso al de régimen de propiedad, ya sea privado, ejidal
o comunal y la misma dependencia tiene registrados 505 asentamientos irregulares en todo Michoacán.

Además, de acuerdo con datos del Ayuntamiento de Morelia, en la capital del estado existen 230 asentamientos irregulares por 44 de los que se tiene conocimiento en el municipio de Lázaro Cárdenas, lo que hace aún más preocupante el problema, ya que el número de familias en
riesgo de perder su patrimonio o su vida se multiplica de manera considerable.

Ávalos Plata señaló que los  fraccionadores irregulares venden y fraccionan terrenos sin contar con las autorizaciones requeridas ni los servicios mínimos de infraestructura urbana, por lo que además de exponer a miles de familias michoacanas a
una serie de riesgos, genera una serie de consecuencias negativas a las autoridades que constitucionalmente tienen la obligación de
atender y brindar los servicios básicos.

Adicionalmente, abundó, los asentamientos humanos irregulares ocasionan que el trazo de las vialidades no se realice conforme a las
medidas y especificaciones que por ley se deben observar, lo que afecta la estructura urbana, pues se venden los lotes sin contar con
los servicios públicos más indispensables y ello provoca que los compradores exijan a las autoridades la dotación de servicios, cuando
la obligación era de los fraccionadores, quienes muchas veces no prevén las áreas de donación y áreas verdes, que son necesarias para
la construcción de obras de equipamiento urbano y para el esparcimiento e imagen urbana.

Aunado a lo anterior, señaló el legislador, en este tipo de fraudes se cometen una serie de abusos e injusticias con los compradores de
lotes, puesto que en varias ocasiones, en los correspondientes contratos de compraventa estipulan una serie de cláusulas contrarias a
derecho, tendientes a obtener mayor lucro económico y hasta desposeerlos de sus lotes adquiridos en caso de incumplimiento.

Estos delitos, concluyó el diputado panista, no son considerados como graves por la legislación michoacana, por lo que quien los comete
tiene derecho a la libertad provisional, lo que vulnera la seguridad jurídica y a la sociedad, además de que afecta todos los esfuerzos que
hacen los tres niveles de gobierno para atenuar este dañino fenómeno que afecta la condición social y económica de los michoacanos que
ansían un lugar digno para vivir.

Al mismo tiempo, agregó, este delito impacta las arcas de los municipios y el desarrollo sostenido previamente estudiado y
conceptualizado en los planes estatal y municipales de desarrollo urbano, convirtiendo esta problemática en un conflicto de carácter
altamente social, económico, financiero y jurídico, lo que justifica la necesidad de convertir a la conducta en un delito grave.

 

 


 
     

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